El artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el interrogatorio domiciliario por vía de auxilio judicial, una herramienta legal que permite a las partes obtener información relevante para el proceso civil en curso. En este artículo, nos adentraremos en los detalles de esta disposición, analizando su alcance y sus implicaciones prácticas. A través de comentarios detallados y ejemplos concretos, esperamos arrojar luz sobre este aspecto fundamental del proceso judicial y brindar a nuestros lectores un mayor entendimiento de su funcionamiento.
Artículo 313. Interrogatorio domiciliario por vía de auxilio judicial
- Cuando la parte que hubiese de responder a interrogatorio resida fuera de la demarcación judicial del tribunal, y exista alguna de las circunstancias a que se refiere el párrafo segundo del apartado cuarto del artículo 169, aquélla podrá ser examinada por vía de auxilio judicial.
- En tales casos, se acompañará al despacho una relación de preguntas formuladas por la parte proponente del interrogatorio, si ésta así lo hubiera solicitado por no poder concurrir al acto del interrogatorio.
- Las preguntas deberán ser declaradas pertinentes por el tribunal que conozca del asunto.
¿Qué nos indica el Artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?
Contenidos:
El Artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las condiciones y el procedimiento para realizar un interrogatorio domiciliario por vía de auxilio judicial en casos en los que la parte que debe responder al interrogatorio reside fuera de la demarcación judicial del tribunal. Esta medida se utiliza cuando existen algunas circunstancias especiales según lo establecido en el apartado cuarto del Artículo 169.
El Artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla
El Artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que se realice un interrogatorio a una persona que resida fuera de la demarcación judicial del tribunal, siempre y cuando existan circunstancias especiales que lo justifiquen. Este interrogatorio se lleva a cabo mediante la colaboración de las autoridades judiciales competentes.
El artículo menciona que, en caso de que la parte proponente del interrogatorio no pueda asistir al acto, se debe presentar una lista de preguntas a las que se someterá la persona que resida fuera de la demarcación judicial. Sin embargo, es importante destacar que estas preguntas deben ser declaradas pertinentes por el tribunal que conoce del caso.
Art 313 de la LEC comentado
Estamos analizando el Art 313 de la LEC, también conocido como Art 313 LEC. Este Art establece que cuando la parte que debe responder a un interrogatorio reside fuera de la demarcación judicial del tribunal, y existen circunstancias especiales, dicha parte puede ser examinada por vía de auxilio judicial.
En estos casos, se debe presentar una relación de preguntas formuladas por la parte que propone el interrogatorio, si esta no puede estar presente en el acto. Estas preguntas deben ser consideradas pertinentes por el tribunal que conoce del asunto.
Es importante tener en cuenta que este proceso está regulado por la ley y debe seguirse de acuerdo a los procedimientos establecidos. Si tienes alguna duda sobre la aplicación de este Art, te recomendamos consultar a un abogado especializado en Derecho Civil que pueda guiarte en el proceso.
Ejemplos de aplicación del Artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado (Art 313 LEC):
- Una parte en un juicio civil reside en otra provincia y no puede asistir al interrogatorio en persona. En este caso, se puede solicitar la práctica del interrogatorio por vía de auxilio judicial según lo establecido en el Artículo 313 LEC.
- En un caso de divorcio, si una de las partes se encuentra en el extranjero y no puede estar presente en el interrogatorio, se puede utilizar el Art 313 LEC para que pueda ser examinada mediante auxilio judicial.
- Si una empresa demandada tiene su sede en otra comunidad autónoma y se ha requerido su comparecencia para un interrogatorio, se podría aplicar el Artículo 313 LEC para que pueda ser interrogada por vía de auxilio judicial.
- En un juicio laboral, si un testigo clave se encuentra fuera de la demarcación judicial del tribunal y no puede comparecer en persona, se podría solicitar que sea examinado por auxilio judicial de acuerdo con el Artículo 313 LEC.
- Si una persona demandada en un caso de responsabilidad civil se encuentra temporalmente en el extranjero y no puede estar presente en el interrogatorio, se podría recurrir al Art 313 LEC para realizar el interrogatorio por vía de auxilio judicial.
Para concluir, el Artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es de vital importancia para regular el interrogatorio domiciliario por vía de auxilio judicial. Durante nuestro análisis, hemos detallado los aspectos clave de este artículo, como los requisitos para su procedencia, quién puede solicitarlo y el proceso a seguir para llevarlo a cabo.
Esperamos que todo haya quedado claro y que nuestro análisis haya sido de ayuda para comprender mejor esta figura legal. Si tienen alguna pregunta adicional o desean más información sobre este u otros artículos de la LEC, no duden en visitar nuestra página web leyenjuiciamientocivil.es, donde encontraran recursos y material de apoyo para resolver sus dudas.
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