Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

El artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el objeto y la finalidad del dictamen de peritos en los procesos judiciales. En este artículo vamos a profundizar en su contenido, explicando en detalle qué se entiende por dictamen de peritos, cuál es su importancia en el ámbito judicial y cómo su correcta aplicación puede influir en el resultado de un juicio. A través de comentarios y análisis detallados, pretendemos aportar valor y claridad a este aspecto fundamental del sistema judicial.

Artículo 335. Objeto y finalidad del dictamen de peritos.

  1. Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal.
  2. Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las sanciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como perito.
  3. Salvo acuerdo en contrario de las partes, no se podrá solicitar dictamen a un perito que hubiera intervenido en una mediación o arbitraje relacionados con el mismo asunto.

¿Qué nos indica el Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las normas relativas al dictamen de peritos en los procesos judiciales. Un dictamen de peritos se refiere a la opinión o informe que emiten especialistas en una materia determinada para aportar conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos relevantes al caso. El objetivo principal de este artículo es regular la figura del perito y su actuación en el proceso judicial, garantizando su imparcialidad y su juramento o promesa de actuar con objetividad.

Este artículo también establece que las partes involucradas en el proceso tienen la posibilidad de aportar dictámenes de peritos que sean expertos en la materia en cuestión. Además, en ciertos casos, la ley permite que el tribunal designe a un perito para emitir un dictamen en el caso.

El Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

En términos sencillos, el Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que, cuando sea necesario contar con conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para evaluar hechos relevantes en un caso o adquirir certeza sobre ellos, las partes pueden aportar al proceso un dictamen de peritos expertos en la materia. Este dictamen es un informe que ofrece su opinión profesional y fundamentada sobre aspectos específicos del caso.

Es importante destacar que el perito encargado de emitir el dictamen debe, bajo juramento o promesa de decir verdad, manifestar que actuará con la mayor objetividad posible. Esto implica considerar tanto los aspectos que puedan favorecer como aquellos que puedan perjudicar a cualquiera de las partes en el proceso. El perito también debe tener conocimiento de las posibles sanciones penales a las que se puede enfrentar si no cumple con sus deberes como perito.

Además, el artículo establece una limitación: a menos que exista un acuerdo contrario entre las partes, no se permitirá solicitar un dictamen a un perito que haya participado previamente en una mediación o arbitraje relacionado con el mismo asunto.

Art 335 de la LEC comentado

El Art 335 de la LEC, también conocido como Art 335 LEC, establece la importancia del juramento o promesa de actuar con objetividad en el proceso judicial. En situaciones donde se requieran conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos relevantes, las partes tienen la posibilidad de aportar al proceso el dictamen de peritos especializados en la materia o solicitar que el tribunal designe un perito para emitir un dictamen.

Es fundamental que todo perito que emita un dictamen lo haga bajo juramento o promesa de decir verdad, asegurando que actuará con la mayor objetividad posible. El perito debe tener en cuenta tanto lo que pueda favorecer como lo que pueda causar perjuicio a cualquiera de las partes involucradas en el proceso. Además, el perito debe tener conocimiento sobre las posibles sanciones penales en caso de incumplir con su deber.

Es importante destacar que, a menos que las partes acuerden lo contrario, no se podrá solicitar el dictamen a un perito que haya participado en una mediación o arbitraje relacionado con el mismo asunto. Este requisito busca garantizar la imparcialidad y objetividad en el proceso judicial.

El Art 335 de la LEC es aplicado en aquellos casos en los que se requieren evaluar hechos o circunstancias que necesitan de conocimientos especializados. La finalidad de este Art es asegurar que la información aportada por los peritos sea imparcial y veraz, contribuyendo así a la correcta resolución de los casos judiciales.

Ejemplos de aplicación del Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Un caso de accidente de tráfico en el que se necesita determinar la velocidad a la que iba cada vehículo antes de la colisión. En este caso, se podría requerir un perito con conocimientos en reconstrucción de accidentes para emitir un dictamen objetivo.
  • En un proceso de divorcio en el que se disputa la custodia de los hijos, puede ser necesario contar con un psicólogo forense que evalúe las circunstancias familiares y emita un dictamen imparcial.
  • En un juicio por negligencia médica, se podría solicitar el testimonio de un médico perito para determinar si hubo o no mala praxis en el tratamiento del paciente.
  • En un litigio relacionado con la valoración de un inmueble, las partes podrían recurrir a un perito tasador para determinar el valor real de la propiedad de forma objetiva.
  • En un conflicto laboral en el que se discute la existencia de acoso laboral, se podría requerir el testimonio de un psicólogo experto en este ámbito para evaluar la situación de manera imparcial.
  • En un proceso de reclamación de una deuda impagada, se podría pedir el testimonio de un economista perito para determinar la capacidad de pago del deudor de forma objetiva.

Estos son solo algunos ejemplos en los que el Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil podría ser de aplicación para garantizar la objetividad y profesionalidad en la valoración de hechos y circunstancias relevantes en un proceso legal. Es importante contar con peritos especializados en cada materia para asegurar que se emita un dictamen imparcial y fundamentado en conocimientos técnicos específicos.

Para concluir, el Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece claramente el objeto y la finalidad del dictamen de peritos en un proceso judicial, garantizando la imparcialidad y la fiabilidad de la prueba pericial. Esperamos que nuestro análisis haya sido de ayuda para comprender este aspecto fundamental del proceso judicial y que hayan quedado aclaradas todas las dudas al respecto.

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