Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

El Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es fundamental para entender cómo se gestionan las cuestiones incidentales en los procesos judiciales. En este artículo, analizaremos en detalle la admisión, sustanciación y decisión de estas cuestiones, ofreciendo comentarios y explicaciones que ayuden a comprender su alcance y aplicación en la práctica legal. Sin más preámbulos, iniciemos esta exploración para obtener un mayor conocimiento sobre este importante aspecto del sistema judicial.

Artículo 393. Admisión, sustanciación y decisión de las cuestiones incidentales.

  1. En el procedimiento ordinario no se admitirá el planteamiento de ninguna cuestión incidental una vez iniciado el juicio, y en el verbal, una vez admitida la prueba propuesta.
  2. En la providencia sucintamente motivada en que se admita el planteamiento de la cuestión se resolverá si ha de considerarse de previo o de especial pronunciamiento, suspendiéndose, en el primer caso, el curso ordinario de las actuaciones.
  3. El Letrado de la Administración de Justicia dará traslado del escrito en que se plantee la cuestión a las demás partes, quienes podrán contestar lo que estimen oportuno en el plazo de cinco días y, transcurrido este plazo, el Secretario, señalando día y hora, citará a las partes a una comparecencia ante el Tribunal, que se celebrará conforme a lo dispuesto para las vistas de los juicios verbales.
  4. Formuladas las alegaciones y practicada, en su caso, la prueba que en la misma vista se admita, si la cuestión fuere de previo pronunciamiento, se dictará, en el plazo de diez días, auto resolviendo la cuestión y disponiendo lo que sea procedente respecto a la continuación del proceso. Si la cuestión fuere de especial pronunciamiento, será resuelta, con la debida separación, en la sentencia definitiva.
  5. Cuando la cuestión se resuelva por medio de auto, si éste acordare poner fin al proceso, cabrá recurso de apelación, y si decidiere su continuación, no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que la parte perjudicada pueda impugnar la resolución al apelar la sentencia definitiva.

¿Qué nos indica el Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula la admisión, sustanciación y decisión de las cuestiones incidentales en los procedimientos ordinarios y verbales. Este artículo establece los pasos a seguir en caso de planteamiento de una cuestión incidental durante el desarrollo del juicio.

El Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

1. No se permitirá el planteamiento de ninguna cuestión incidental una vez iniciado el juicio en el procedimiento ordinario, y una vez admitida la prueba propuesta en el procedimiento verbal.
2. En el caso de que se admita el planteamiento de una cuestión incidental, se emitirá una providencia motivada que decidirá si dicha cuestión debe considerarse de previo o de especial pronunciamiento. En el primer caso, se suspende el curso ordinario del proceso.
3. El Letrado de la Administración de Justicia (anteriormente conocido como Secretario Judicial) notificará el escrito en el que se plantea la cuestión a las demás partes, quienes tendrán un plazo de cinco días para presentar sus alegaciones pertinentes. Posteriormente, se citará a las partes a una comparecencia ante el Tribunal.
4. En la comparecencia, se presentarán las alegaciones y se practicará la prueba, si así fuera necesaria. Si la cuestión es de previo pronunciamiento, se emitirá un auto que resuelva la cuestión en un plazo de diez días y se tomarán las disposiciones correspondientes para la continuación del proceso. Si la cuestión es de especial pronunciamiento, se resolverá en la sentencia definitiva del caso, con la debida separación.
5. Si el auto acuerda poner fin al proceso, cabrá recurso de apelación. Si decide su continuación, no se podrá interponer recurso alguno, aunque la parte perjudicada puede impugnar la resolución al apelar la sentencia definitiva.

En general, este artículo garantiza un procedimiento claro y ordenado en relación a las cuestiones incidentales que puedan surgir durante un juicio, asegurando que todas las partes tengan la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas correspondientes y que las decisiones sean tomadas de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Art 393 de la LEC comentado

Estamos analizando el Art 393 de la LEC, también conocido como Art. 393 LEC. Este Art establece que en el procedimiento ordinario no se admitirá el planteamiento de ninguna cuestión incidental una vez iniciado el juicio, y en el verbal, una vez admitida la prueba propuesta.

En la providencia sucintamente motivada en que se admita el planteamiento de la cuestión se resolverá si ha de considerarse de previo o de especial pronunciamiento, suspendiéndose, en el primer caso, el curso ordinario de las actuaciones.

El Letrado de la Administración de Justicia dará traslado del escrito en que se plantee la cuestión a las demás partes, quienes podrán contestar lo que estimen oportuno en el plazo de cinco días. Transcurrido este plazo, el Secretario citará a las partes a una comparecencia ante el Tribunal, que se celebrará conforme a lo dispuesto para las vistas de los juicios verbales.

Formuladas las alegaciones y practicada, en su caso, la prueba que en la misma vista se admita, si la cuestión fuere de previo pronunciamiento, se dictará, en el plazo de diez días, auto resolviendo la cuestión y disponiendo lo que sea procedente respecto a la continuación del proceso.

Si la cuestión fuere de especial pronunciamiento, será resuelta, con la debida separación, en la sentencia definitiva. Cuando la cuestión se resuelva por medio de auto, si éste acordare poner fin al proceso, cabrá recurso de apelación, y si decidiere su continuación, no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que la parte perjudicada pueda impugnar la resolución al apelar la sentencia definitiva.

Recuerde que es fundamental respetar los plazos y seguir los pasos establecidos en la ley para una correcta resolución de los asuntos legales. ¡La información es poder!

Ejemplos de aplicación del Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Divorcio contencioso: En un proceso de divorcio contencioso, una de las partes plantea una cuestión incidental después de iniciado el juicio. Según el Artículo 393 LEC, no se admitirá dicho planteamiento una vez iniciado el procedimiento ordinario.
  • Reclamación de deudas: Durante un juicio verbal por una reclamación de deudas, una de las partes intenta plantear una cuestión incidental después de haber sido admitida la prueba propuesta. El artículo 393 LEC establece que en este tipo de procedimientos no se pueden introducir nuevas cuestiones una vez admitida la prueba.
  • Incumplimiento de contrato: En un procedimiento ordinario por incumplimiento de contrato, una de las partes intenta plantear una cuestión incidental que no estaba contemplada inicialmente en la demanda. Según el Artículo 393 LEC, esta acción no sería admitida una vez iniciado el juicio.
  • Desahucio por impago: Durante un procedimiento de desahucio por impago de alquiler, una de las partes intenta introducir una cuestión incidental que no estaba contemplada en la demanda inicial. El Artículo 393 LEC establece que no se admitirá el planteamiento de nuevas cuestiones una vez iniciado el juicio.
  • Conflictos laborales: En un juicio laboral, una de las partes intenta plantear una cuestión incidental después de iniciado el proceso. Según el Artículo 393 LEC, en el procedimiento verbal, una vez admitida la prueba propuesta, no se podrán introducir nuevas cuestiones.

Para concluir, el Artículo 393 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es fundamental para regular el proceso de admisión, sustanciación y decisión de las cuestiones incidentales en los procedimientos judiciales. Gracias a esta normativa, se garantiza un adecuado tratamiento de estos asuntos que surgen durante el desarrollo de un litigio.

Esperamos que nuestro análisis haya sido de ayuda para comprender mejor este artículo y su importancia en el ámbito judicial. Nos comprometemos a seguir ofreciendo información y explicaciones claras sobre la Ley de Enjuiciamiento Civil en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es. ¡Estamos siempre a su disposición para cualquier consulta o duda que puedan tener!

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