Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

El Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es un aspecto fundamental en la regulación de la apelación en materia de costas en los procesos judiciales en España. En este artículo, se establecen los criterios y procedimientos para la impugnación de las costas procesales y su resolución en segunda instancia. En este sentido, en este artículo analizaremos detalladamente el contenido y alcance de este artículo, ofreciendo comentarios y aclaraciones que ayuden a comprender su aplicación práctica en el ámbito judicial.

Artículo 397. Apelación en materia de costas.

  1. Lo dispuesto en el artículo 394 será de aplicación para resolver en segunda instancia el recurso de apelación en que se impugne la condena o la falta de condena en las costas de la primera instancia.

¿Qué nos indica el Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) hace referencia a la apelación en materia de costas. Para entender su significado, es importante analizar cada palabra clave presente en el artículo:

- Apelación: La apelación es un recurso que permite a las partes en un proceso judicial impugnar una resolución adoptada por un juez o tribunal inferior. En este caso, el artículo se refiere a la apelación en relación a un aspecto específico, que son las costas.

- Materia de costas: Las costas procesales son los gastos y honorarios que se generan durante un proceso judicial y que deben ser asumidos por una de las partes o por ambas, según lo establecido por el juez. La materia de costas se refiere a todo lo relacionado con la imposición y determinación de los costas procesales.

- Artículo 394: El Artículo 394 de la LEC es mencionado en el artículo 397 y establece un principio general en relación a las costas procesales. A través de esta referencia, el artículo 397 indica que dicho principio es aplicable en la segunda instancia del proceso.

- Condena o la falta de condena: El artículo 397 se refiere a dos situaciones opuestas que pueden darse en relación a las costas de la primera instancia. Por un lado, la condena en costas se da cuando una de las partes es obligada a asumir los gastos y honorarios de la otra parte. Por otro lado, la falta de condena en costas ocurre cuando el juez no impone a ninguna de las partes la obligación de asumir los gastos y honorarios de la otra.

El Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

En términos sencillos, el artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se refiere a la posibilidad de apelar la decisión del juez en relación a las costas procesales. Las costas procesales son los gastos y honorarios que se generan durante un juicio y que deben ser pagados por una u otra parte, según lo determine el juez.

El artículo establece que el principio general establecido en el Artículo 394, que trata sobre las costas procesales, será aplicable en la segunda instancia del proceso. Esto significa que si una de las partes considera que el juez ha cometido un error al determinar quién debe asumir los gastos y honorarios, puede presentar un recurso de apelación.

El recurso de apelación tiene como finalidad que un tribunal superior revise la decisión del juez de primera instancia y determine si se ajusta a la normativa legal. En este caso, se trata de impugnar la condena o la falta de condena en las costas de la primera instancia.

Es importante tener en cuenta que el artículo hace referencia al Artículo 394 como un principio general que se aplica en relación a las costas procesales. Por lo tanto, para entender plenamente el significado y alcance del artículo 397, es necesario analizar también dicho artículo.

En pocas palabras, el artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula la posibilidad de apelar la decisión del juez en relación a las costas procesales. Establece que el principio general sobre costas procesales se aplicará en la segunda instancia del proceso, cuando se recurra la condena o la falta de condena en las mismas.

Art 397 de la LEC comentado

Estamos analizando el Art 397 de la LEC, también conocido como Art 397 LEC, el cual indica lo siguiente: *"Lo dispuesto en el Art será de aplicación para resolver en segunda instancia el recurso de apelación en que se impugne la condena o la falta de condena en las costas de la primera instancia"*.

Para su aplicación, es necesario que haya un recurso de apelación presentado por una de las partes, en el cual se discuta la condena o falta de condena en cuanto a las costas de la primera instancia.

Es importante tener en cuenta que este Art se aplica en el segundo nivel de juicio, es decir, en la apelación, no en la primera instancia. En la apelación, un tribunal superior revisa la decisión tomada en la primera instancia para determinar si fue correcta o no, especialmente en lo que se refiere a las costas del proceso.

Ejemplos de aplicación del Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Un individuo es condenado en primera instancia a pagar una indemnización a otra parte, pero decide apelar la decisión. En la segunda instancia, el artículo 397 de la LEC se aplicaría para resolver el recurso de apelación.
  • En un caso, una parte es condenada en la primera instancia a cubrir los gastos del juicio, sin embargo, en la apelación se discute esta condena. El Artículo 397 de la LEC sería relevante para resolver este asunto.
  • Un demandado es absuelto en primera instancia y se le concede el derecho a que la otra parte pague las costas del juicio. En la apelación, el artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sería aplicado para determinar si esta decisión es correcta.
  • En un caso donde no se condena a ninguna de las partes en primera instancia, pero una de ellas apela esta decisión, el artículo 397 de la LEC sería utilizado para resolver la apelación.
  • Si una parte es condenada en costas en la primera instancia y apela esta decisión, el artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sería el referente para resolver el recurso.

Para concluir, el Artículo 397 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula de manera detallada el procedimiento de apelación en materia de costas, estableciendo los plazos y requisitos para su interposición. Es fundamental conocer este artículo para poder ejercer nuestros derechos de forma adecuada en caso de conflicto relacionado con las costas del proceso judicial.

Esperamos que nuestro análisis haya sido de utilidad y que hayan quedado claros todos los aspectos clave de este artículo. Recuerden que en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es encontrarán toda la información necesaria para comprender a fondo la Ley de Enjuiciamiento Civil y resolver cualquier duda que puedan tener en relación a este tema. Estaremos siempre a su disposición para ayudarles en lo que necesiten. ¡Gracias por visitarnos!

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