Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

El Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el paso fundamental en el proceso de subasta de un bien: el anuncio y la publicidad de la misma. En este artículo, profundizaremos en su contenido y realizaremos comentarios que proporcionen una mejor comprensión de sus implicaciones. Descubre todo lo que necesitas saber sobre este aspecto clave en las ejecuciones hipotecarias y subastas judiciales.

Artículo 645. Anuncio y publicidad de la subasta

  1. Una vez firme la resolución prevista en el artículo anterior, la convocatoria de la subasta se anunciará en el “Boletín Oficial del Estado”, sirviendo el anuncio de notificación al ejecutado no personado. El Letrado de la Administración de Justicia ante el que se siga el procedimiento de ejecución ordenará la publicación del anuncio de la convocatoria de la subasta remitiéndose el mismo, con el contenido a que se refiere el artículo siguiente y de forma telemática, al “Boletín Oficial del Estado”. Igualmente, y solo a efectos informativos, se publicará el anuncio de la subasta en el Portal de la Administración de Justicia.
  2. Además, a instancia del ejecutante o del ejecutado y si el Letrado de la Administración de Justicia responsable de la ejecución lo juzga conveniente, se dará a la subasta la publicidad que resulte razonable, utilizando los medios públicos y privados que sean más adecuados a la naturaleza y valor de los bienes que se pretende realizar.
  3. Cada parte estará obligada al pago de los gastos derivados de las medidas que, para la publicidad de la subasta, hubieran solicitado, sin perjuicio de incluir en la tasación de costas los gastos que, por la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, se hubieran generado al ejecutante.

¿Qué nos indica el Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las normas para el anuncio y la publicidad de la subasta que se realiza como parte del proceso de ejecución de una resolución judicial. En este artículo se detallan las medidas que deben seguirse para dar a conocer la convocatoria de la subasta y garantizar la participación de todas las partes involucradas en el proceso.

El Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

En términos simples, el Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece cómo se debe anunciar y publicitar la subasta que se llevará a cabo como parte de un proceso de ejecución judicial. El objetivo es asegurar que todas las partes involucradas tengan conocimiento de la subasta y puedan participar en ella.

El primer punto del artículo establece que una vez que la resolución judicial es firme, es decir, no admite recurso, se debe publicar un anuncio de la subasta en el "Boletín Oficial del Estado". Este anuncio sirve como notificación al ejecutado, es decir, a la parte contra la cual se está llevando a cabo la ejecución. La responsabilidad de publicar el anuncio recae en el Letrado de la Administración de Justicia, quien debe enviar el contenido del anuncio al "Boletín Oficial del Estado" de forma telemática. Además, el anuncio de la subasta también se publicará en el Portal de la Administración de Justicia con fines informativos.

En el segundo punto del artículo se establece que, a solicitud del ejecutante o del ejecutado, y si el Letrado de la Administración de Justicia lo considera adecuado, se dará a la subasta la publicidad necesaria utilizando los medios públicos y privados más adecuados. Esto significa que, si las partes involucradas lo solicitan y el Letrado lo considera apropiado, se podrán utilizar otros medios de comunicación para informar sobre la subasta, como periódicos, páginas web especializadas, etc.

Es importante destacar que cada parte es responsable de los gastos derivados de las medidas solicitadas para la publicidad de la subasta. Estos gastos se deberán pagar por separado y no se incluirán en la tasación de costas, a excepción de los gastos generados por la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", los cuales sí se incluirán en la tasación de costas a cargo del ejecutante.

Análisis del Art 645 de la LEC comentado (Art 645 LEC)

El Art 645 de la LEC, también conocido como Art 645 LEC, establece los procedimientos que deben llevarse a cabo una vez que una resolución judicial es firme en un caso de ejecución.

Una vez que la resolución es firme, se procede a la convocatoria de la subasta de los bienes que serán objeto de ejecución. Esta convocatoria se anunciará en el “Boletín Oficial del Estado” y servirá como notificación al ejecutado que no se haya personado en el proceso.

El Letrado de la Administración de Justicia a cargo del procedimiento de ejecución será el encargado de ordenar la publicación del anuncio de la subasta en el “Boletín Oficial del Estado”, de forma telemática. Además, se publicará informativamente en el Portal de la Administración de Justicia.

En caso de que el ejecutante o el ejecutado lo soliciten, y el Letrado responsable de la ejecución lo considere adecuado, se podrán utilizar otros medios de publicidad para la subasta, dependiendo de la naturaleza y valor de los bienes a realizar.

Es importante tener en cuenta que cada parte implicada en el procedimiento estará obligada a cubrir los gastos derivados de las medidas de publicidad de la subasta que hayan solicitado. Estos gastos deben ser incluidos en la tasación de costas del proceso.

  • ¿Qué sería necesario para su aplicación?
  • ¿Hay algo que debamos tener en cuenta?

Ejemplos de aplicación del Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Ejemplo 1: Un embargo en un procedimiento de ejecución de una deuda hipotecaria, donde se requiere la subasta de la vivienda para saldar la deuda.
  • Ejemplo 2: Ejecución de una sentencia de desahucio, en la que se procede a la subasta de los bienes muebles del inquilino para el pago de los adeudos.
  • Ejemplo 3: Subasta de un vehículo para saldar una deuda por impago de una multa de tráfico.
  • Ejemplo 4: Ejecución de una sentencia por impago de una hipoteca, donde se realiza la subasta de la vivienda para cubrir la deuda.
  • Ejemplo 5: Subasta de una empresa en quiebra para liquidar sus activos y pagar a sus acreedores.

Estos son solo algunos ejemplos en los que el Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil podría aplicarse, demostrando la importancia de conocer esta ley para entender los procesos legales relacionados con las subastas judiciales.

Para concluir, el Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece de forma detallada los requisitos y procedimientos para el anuncio y publicidad de las subastas judiciales. Es fundamental contar con esta información para garantizar la transparencia y legalidad en el proceso de subasta de bienes.

Esperamos que nuestro análisis haya sido de ayuda para comprender este artículo y su importancia en el ámbito judicial. Recuerden que en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es podrán encontrar más información detallada sobre este y otros aspectos relevantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Estaremos siempre a disposición para resolver sus dudas y brindarles la información necesaria. ¡Gracias por confiar en nosotros!

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