Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

El artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil es un aspecto fundamental en el ámbito legal que regula la Declaración de ilicitud de un traslado o retención internacional. En este artículo, analizaremos en detalle su contenido y comentaremos sobre su aplicación en casos concretos. A través de este análisis, pretendemos arrojar luz sobre un tema complejo pero de vital importancia en el ámbito jurídico, brindando información clara y detallada que pueda ser de utilidad para abogados, juristas y cualquier persona interesada en el tema.

Artículo 778 sexies. Declaración de ilicitud de un traslado o retención internacional.

  1. Cuando un menor con residencia habitual en España sea objeto de un traslado o retención internacional, conforme a lo establecido en el correspondiente convenio o norma internacional aplicable, cualquier persona interesada, al margen del proceso que se inicie para pedir su restitución internacional, podrá dirigirse en España a la autoridad judicial competente para conocer del fondo del asunto con la finalidad de obtener una resolución que especifique que el traslado o la retención lo han sido ilícitos, a cuyo efecto podrán utilizarse los cauces procesales disponibles en el Título I del Libro IV para la adopción de medidas definitivas o provisionales en España, e incluso las medidas del artículo 158.
  2. La autoridad competente en España para emitir una decisión o una certificación del artículo 15 del Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, que acredite que el traslado o retención del menor era ilícito en el sentido previsto en el artículo 3 del Convenio, cuando ello sea posible, lo será la última autoridad judicial que haya conocido en España de cualquier proceso sobre responsabilidad parental afectante al menor.
  3. En defecto de ello, será competente el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del menor en España.
  4. La Autoridad Central española hará todo lo posible por prestar asistencia al solicitante para que obtenga una decisión o certificación de esa clase.

¿Qué nos indica el Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece los procedimientos legales para tratar los casos en los que un menor con residencia habitual en España haya sido trasladado o retenido de manera ilícita en un contexto internacional. Este artículo permite a cualquier persona interesada, que no está directamente involucrada en el proceso de restitución internacional del menor, dirigirse a la autoridad judicial competente en España para solicitar una resolución que confirme la ilicitud del traslado o retención del menor.

El Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

El Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil es un artículo que establece los procedimientos legales para tratar los casos en los que un menor con residencia en España ha sido trasladado o retenido de manera ilícita en un contexto internacional. Esta ley permite a cualquier persona interesada, que no está directamente involucrada en el proceso de restitución internacional del menor, acudir a la autoridad judicial correspondiente en España para solicitar una resolución que confirme la ilicitud de dicho traslado o retención.

En otras palabras, este artículo establece un mecanismo legal para que personas ajenas al proceso de restitución del menor puedan solicitar a la autoridad judicial que se pronuncie sobre la ilicitud del traslado o retención internacional. Esta resolución puede ser obtenida a través de los procedimientos establecidos en el Título I del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permiten la adopción de medidas provisionales o definitivas en España. Además, se podrán aplicar las medidas contempladas en el artículo 158 de esta ley.

Es importante señalar que la autoridad judicial competente en España para emitir una decisión o certificación sobre la ilicitud del traslado o retención del menor será aquella que haya conocido previamente de cualquier proceso relacionado con la responsabilidad parental que afecte al menor. En caso de que no exista tal autoridad judicial, será competente el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del menor en España.

La Autoridad Central española también tiene el compromiso de prestar asistencia al solicitante para que pueda obtener una decisión o certificación en relación con la ilicitud del traslado o retención del menor. Esta decisión o certificación puede ser requerida en el marco del artículo 15 del Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, que establece el procedimiento para la restitución del menor en casos de traslados y retenciones ilícitas.

Art 778 sexies de la LEC: Explicación detallada

Estamos analizando el Art 778 sexies de la LEC, también conocido como Art 778 sexies LEC. Este Art establece que cuando un menor con residencia habitual en España sea objeto de un traslado o retención internacional, cualquier persona interesada puede dirigirse a la autoridad judicial competente en España para obtener una resolución que especifique que el traslado o la retención han sido ilícitos.

En este caso, se pueden utilizar los cauces procesales disponibles en el Título I del Libro IV para la adopción de medidas definitivas o provisionales en España. Además, se puede recurrir a las medidas del Convenio de la Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.

La Autoridad Central española se compromete a prestar asistencia al solicitante para obtener una decisión o certificación que acredite que el traslado o retención del menor era ilícito. En caso de no contar con esta certificación, será competente el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio del menor en España.

Es importante tener en cuenta que este Art de la LEC se aplica en casos de traslados o retenciones internacionales de menores y busca proteger los derechos de los menores involucrados en estos casos. Se debe cumplir con los requisitos y trámites establecidos para su correcta aplicación.

Ejemplos de aplicación del Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Un padre extranjero se lleva a su hijo sin el consentimiento de la madre, que reside en España. La madre puede acudir a la autoridad judicial competente en España para solicitar una resolución que especifique que el traslado del menor ha sido ilícito.
  • Una pareja separada tiene la custodia compartida de su hijo, pero uno de los padres decide llevarse al menor de manera ilegal fuera del país. La parte afectada puede solicitar medidas provisionales en España e incluso una decisión o certificación del Convenio de la Haya sobre la sustracción internacional de menores.
  • Un niño es retenido en otro país por un familiar sin la autorización de sus padres, que residen en España. En este caso, quienes tengan interés podrán acudir a la autoridad judicial competente en España para pedir una resolución que declare que la retención ha sido ilícita.
  • Una madre española tiene la custodia de su hijo y el padre, que vive en otro país, decide llevarse al menor sin consentimiento. La madre puede recurrir al Artículo 778 sexies de la LEC para buscar una solución legal en España.
  • Un menor con residencia habitual en España es trasladado a otro país sin autorización de ambos padres. En este caso, se puede recurrir a la autoridad judicial competente en España para hacer valer los derechos del menor y obtener una resolución que declare el traslado ilícito.

Para concluir, el Artículo 778 sexies de la Ley de Enjuiciamiento Civil es fundamental para regular la declaración de ilicitud de un traslado o retención internacional. A través de esta normativa, se establecen los procedimientos y requisitos necesarios para resolver conflictos de esta naturaleza, garantizando la protección de los derechos de las partes involucradas.

Esperamos que nuestra explicación haya sido clara y útil para comprender esta importante disposición legal. Recuerden que en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es encontrarán más información y recursos sobre temas relacionados con la Ley de Enjuiciamiento Civil. Estaremos siempre a su disposición para responder cualquier duda o consulta que puedan tener. ¡Muchas gracias por su atención!

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