El artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, LEC, es un aspecto crucial en el proceso legal, ya que establece los mecanismos para la oposición del recusado y la sustanciación de la recusación. En esta sección de nuestro sitio web, te ofrecemos una detallada explicación de este artículo, acompañada de comentarios que te ayudarán a comprenderlo a fondo. ¡Sigue leyendo para adentrarte en el mundo de la normativa legal y fortalecer tu conocimiento sobre este aspecto esencial en el ámbito jurídico!
Artículo 118. Oposición del recusado y sustanciación de la recusación.
- Cuando el recusado niegue la certeza de la causa alegada como fundamento de la recusación, si el instructor admitiere a trámite la recusación propuesta, el Secretario Coordinador ordenará la práctica, en el plazo de diez días, de la prueba solicitada que estime pertinente y útil, dándose traslado al Ministerio Fiscal por plazo de tres días.
- Transcurrido este plazo, con o sin informe del Ministerio Fiscal, lo remitirá al Secretario de Gobierno quien decidirá el incidente dentro de los cinco días siguientes.
- Contra dicha resolución no cabrá recurso alguno.
¿Qué nos indica el Artículo 118 de la Ley Enjuiciamiento Civil?
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El Artículo 118 de la Ley Enjuiciamiento Civil se centra en la oposición del recusado y la sustanciación de la recusación. El término "recusado" se refiere a la persona contra la cual se ha presentado una recusación, la cual es una solicitud para apartar al juez del caso debido a una posible causa de recusación.
En este artículo se establecen los pasos que se deben seguir cuando el recusado niegue la causa alegada como fundamento de la recusación. Si el instructor del caso admite la recusación propuesta, el Secretario Coordinador deberá ordenar la práctica de una prueba solicitada que sea considerada pertinente y útil en un plazo de diez días. Además, se le dará traslado al Ministerio Fiscal, órgano encargado de la defensa de la legalidad, para que emita un informe en un plazo de tres días. Una vez transcurrido este plazo, con o sin informe del Ministerio Fiscal, el Secretario de Gobierno tomará la decisión final del incidente dentro de los cinco días siguientes. Cabe destacar que contra esta resolución no se podrá presentar ningún tipo de recurso.
El Artículo 118 de la Ley Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla
En términos sencillos, el Artículo 118 de la Ley Enjuiciamiento Civil establece los pasos que se deben seguir cuando una persona solicita apartar al juez del caso debido a una posible causa de recusación y el juez niega dicha causa. En este caso, se procede a practicar una prueba que sea considerada útil y pertinente, y se solicita un informe al Ministerio Fiscal. La decisión final la toma el Secretario de Gobierno y contra esta resolución no se puede presentar ningún tipo de recurso.
Art 118 de la LEC: Explicación detallada
Estamos analizando el Art 118 de la LEC, también conocido como Art 118 LEC. Este Art establece un procedimiento específico en caso de recusación de un juez o magistrado durante un proceso judicial.
Cuando el recusado niegue la certeza de la causa alegada como fundamento de la recusación, si el instructor admite a trámite la recusación propuesta, el Secretario Coordinador debe ordenar la práctica de la prueba solicitada en un plazo de diez días. Esta prueba debe ser considerada pertinente y útil, y se debe dar traslado al Ministerio Fiscal por un plazo de tres días.
Una vez transcurrido este plazo, con o sin informe del Ministerio Fiscal, el Secretario de Gobierno decidirá el incidente dentro de los cinco días siguientes. Es importante destacar que contra la resolución del Secretario de Gobierno no cabrá recurso alguno.
Es fundamental entender cuándo se podría aplicar este Art. En general, la recusación de un juez puede basarse en motivos como la enemistad manifiesta, la relación de parentesco, la amistad íntima, entre otros. Para solicitar la recusación de un juez, es necesario presentar una causa justificada que se considere válida según la ley.
Por lo tanto, es importante tener en cuenta todos los detalles del proceso de recusación de un juez, especialmente en lo que respecta al Art 118 de la LEC. Este Art establece un procedimiento específico que debe seguirse rigurosamente para garantizar la imparcialidad y la transparencia en el sistema judicial.
Espero que esta explicación detallada haya aclarado tus dudas sobre el Art 118 de la LEC. Si tienes alguna otra pregunta o necesitas más información sobre este tema, no dudes en contactar con un experto en derecho que pueda asesorarte adecuadamente.
Ejemplos de aplicación del Artículo 118 de la Ley Enjuiciamiento Civil (Art 118 LEC):- En un juicio civil, si una de las partes considera que el juez asignado al caso tiene un interés personal en el resultado del mismo, podría recusarlo en base al Artículo 118 de la LEC.
- En un procedimiento de divorcio, si una de las partes alega que el juez designado tiene relación de parentesco con la otra parte, podría recusarlo según lo establecido en el Art 118 LEC.
- En un caso de indemnización por accidente de tráfico, si el demandado argumenta que el juez asignado ha mostrado previamente favoritismo hacia la parte contraria, podría plantear una recusación amparándose en este artículo de la ley.
- En un proceso de desahucio, si el inquilino considera que el juez tiene prejuicios en su contra, podría recusarlo de acuerdo con el Artículo 118 de la LEC.
- En un juicio laboral, si el trabajador cree que el juez designado tiene vínculos con la empresa demandada que podrían influir en su imparcialidad, podría recusarlo invocando el Art 118 LEC.
- En un litigio por incumplimiento de contrato, si una de las partes alega que el juez tiene intereses económicos en la empresa contraria, podría recusarlo basándose en este precepto legal.
- En un proceso de reclamación de deudas, si el deudor sospecha que el juez tiene afinidad con el acreedor que lo demanda, podría solicitar su recusación conforme al Artículo 118 de la LEC.
- En un caso de responsabilidad civil por daños y perjuicios, si alguna de las partes cree que el juez tiene afinidad con la parte contraria que podría afectar su imparcialidad, podría recusarlo en virtud de este artículo.
- En un procedimiento de nulidad matrimonial, si una de las partes sostiene que el juez asignado tiene vínculos con la otra parte que podrían sesgar su decisión, podría recusarlo con fundamento en el Art 118 LEC.
- En un juicio por impugnación de testamento, si alguno de los herederos argumenta que el juez tiene relación de amistad con otro beneficiario del testamento, podría solicitar su recusación en base a este artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Para concluir, el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece de manera detallada el procedimiento a seguir en caso de oposición del recusado y la sustanciación de la recusación. Es fundamental conocer este apartado de la LEC para poder actuar de manera adecuada en caso de que sea necesario recusar a un juez o magistrado en un proceso judicial.
Esperamos que nuestro análisis haya sido de ayuda y que hayan quedado claros todos los aspectos abordados en relación al Artículo 118. En nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es encontrarán más información relevante sobre la LEC y otros aspectos legales que puedan ser de su interés. Siempre estaremos disponibles para resolver cualquier duda o inquietud que puedan surgir en el ámbito de la justicia civil. ¡Muchas gracias por su atención!