Artículo 136 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 136 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

El artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es fundamental para comprender el concepto de preclusión en el ámbito legal. En este artículo, se establecen las condiciones y límites temporales para la realización de determinados actos procesales, garantizando la seguridad jurídica y el correcto desarrollo de los procedimientos. En este artículo exploraremos en detalle el contenido del artículo 136, analizando su importancia y las implicaciones que tiene en la práctica jurídica. Además, ofreceremos comentarios y reflexiones que ayudarán a clarificar su aplicación en diferentes situaciones procesales.

Artículo 136. Preclusión

  1. Transcurrido el plazo o pasado el término señalado para la realización de un acto procesal de parte se producirá la preclusión y se perderá la oportunidad de realizar el acto de que se trate.
  2. El Letrado de la Administración de Justicia dejará constancia del transcurso del plazo por medio de diligencia y acordará lo que proceda o dará cuenta al tribunal a fin de que dicte la resolución que corresponda.

¿Qué nos indica el Artículo 136 de la Ley Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece que, una vez transcurrido el plazo o pasado el término señalado para llevar a cabo un acto procesal por parte de alguna de las partes en un proceso civil, se producirá la preclusión. Esto implica que se perderá la oportunidad de realizar el acto en cuestión.

El Letrado de la Administración de Justicia, también conocido como secretario judicial, debe dejar constancia del transcurso del plazo a través de una diligencia, es decir, un documento que recoge los hechos relevantes ocurridos en el procedimiento judicial. Asimismo, el secretario judicial deberá decidir lo que corresponda en relación al acto que no se realizó o informar al tribunal para que este tome la resolución que proceda.

El Artículo 136 de la Ley Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

El Artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil nos indica que si en un proceso judicial no se realiza un acto dentro del tiempo que se ha establecido para ello, no se podrá llevar a cabo posteriormente. Es decir, se pierde la oportunidad de realizar ese acto.

Por ejemplo, si una de las partes tiene un plazo de 10 días para presentar una contestación a la demanda y no lo hace dentro de ese plazo, perderá la oportunidad de presentarla y no podrá hacerlo posteriormente. Esto implica que esa parte no podrá alegar ni presentar pruebas relacionadas con su contestación a la demanda.

Es importante señalar que, una vez transcurrido el plazo, el Letrado de la Administración de Justicia (secretario judicial) dejará constancia de este hecho a través de una diligencia y tomará las medidas correspondientes. Puede decidir lo que proceda en relación al acto no realizado o informar al tribunal para que este tome una resolución al respecto.

En pocas palabras, el Artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece la preclusión de la oportunidad de realizar un acto procesal si no se lleva a cabo dentro del plazo establecido. Esto implica que las partes deben ser diligentes en su actuación y cumplir con los plazos establecidos para evitar perder oportunidades procesales.

Art 136 de la LEC: ¡Entérate de qué se trata!

El Art 136 de la LEC (LEC) es una disposición legal que regula lo que se conoce como la preclusión de un acto procesal. Pero, ¿qué es la preclusión y cómo afecta a las partes involucradas en un proceso judicial?

Según el Art 136 LEC, una vez transcurrido el plazo o vencido el término establecido para la realización de un acto procesal por parte de una de las partes, se producirá la preclusión. Esto significa que se perderá la oportunidad de llevar a cabo dicho acto y, por lo tanto, no podrá realizarse posteriormente.

Es importante tener en cuenta que el Letrado de la Administración de Justicia deberá dejar constancia de este hecho mediante una diligencia y tomar las medidas que correspondan. En caso necesario, podrá informar al tribunal para que dicte la resolución pertinente.

¿Cuándo puede aplicarse el Art 136 LEC? Básicamente, cuando se ha fijado un plazo o término para realizar una acción procesal y este ha vencido sin que se haya llevado a cabo. En ese momento, se producirá la preclusión y se perderá la oportunidad de realizar el acto en cuestión.

Para que el Art 136 de la LEC sea aplicable, es necesario que se cumplan ciertos requisitos, como la existencia de un plazo determinado para la realización del acto procesal y la falta de cumplimiento del mismo dentro de ese plazo.

  • Art 136 LEC: Preclusión de actos procesales
  • Letrado de la Administración de Justicia: Funciones y responsabilidades
  • Aplicación del Art 136 LEC: Casos prácticos y ejemplos

Ejemplos de aplicación del Artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Plazo para presentar la demanda: Si un demandante no presenta la demanda en el plazo establecido por la ley, se producirá la preclusión y perderá la oportunidad de presentarla. El Letrado de la Administración de Justicia dejará constancia de esto en la diligencia correspondiente.
  • Plazo para contestar la demanda: Si el demandado no contesta a la demanda en el plazo establecido, se producirá la preclusión y perderá la oportunidad de hacerlo. El Letrado de la Administración de Justicia dejará constancia de esta situación.
  • Plazo para presentar alegaciones: Si una parte no presenta las alegaciones correspondientes en el plazo establecido, se producirá la preclusión y perderá la oportunidad de hacerlo. El Letrado de la Administración de Justicia dejará constancia de este hecho.
  • Plazo para realizar una pericial: Si una de las partes no presenta el informe pericial en el plazo indicado, se producirá la preclusión y perderá la oportunidad de realizarlo. El Letrado de la Administración de Justicia notificará esta situación.
  • Plazo para interponer un recurso: Si una parte no interpone el recurso dentro del plazo establecido, se producirá la preclusión y perderá la oportunidad de hacerlo. El Letrado de la Administración de Justicia dejará constancia de esta circunstancia.

Estos son solo algunos ejemplos en los que el Artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil puede ser de aplicación, recordando que es fundamental respetar los plazos procesales para no incurrir en preclusión y perder la oportunidad de realizar determinados actos procesales.

Para concluir, el Artículo 136 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es fundamental para comprender el concepto de Preclusión dentro del proceso judicial. Esta figura implica la pérdida de una oportunidad procesal debido al transcurso del tiempo o a una actuación procesal posterior incompatible con la anterior.

Esperamos que nuestro análisis haya sido de utilidad para despejar cualquier duda sobre este tema y que hayan podido comprender su importancia en el ámbito del derecho procesal civil. Recuerden que siempre estaremos a su disposición en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es para brindarles información actualizada y de calidad sobre la legislación vigente. ¡Gracias por su atención!

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