Artículo 245 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 245 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

El artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) es clave en el procedimiento judicial, ya que regula la impugnación de la tasación de costas. En este artículo, profundizaremos en su contenido y realizaremos comentarios que ayuden a comprender su relevancia y alcance en el ámbito jurídico. Sin más preámbulos, iniciemos este recorrido por el artículo 245 de la LEC y descubre todo lo que necesitas saber sobre la impugnación de la tasación de costas.

Artículo 245. Impugnación de la tasación de costas.

  1. La tasación de costas podrá ser impugnada dentro del plazo a que se refiere el apartado 1 del artículo anterior.
  2. La impugnación podrá basarse en que se han incluido en la tasación, partidas, derechos o gastos indebidos. Pero, en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo.
  3. La parte favorecida por la condena en costas podrá impugnar la tasación por no haberse incluido en aquélla gastos debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel que hubiese actuado en el proceso a su instancia, o en no haber sido incluidos correctamente los derechos de su procurador.
  4. En el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. De no efectuarse dicha mención, el Letrado de la Administración de Justicia, mediante decreto, inadmitirá la impugnación a trámite. Frente a dicho decreto cabrá interponer únicamente recurso de reposición.

¿Qué nos indica el Artículo 245 de la Ley Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece el procedimiento para impugnar la tasación de costas en un proceso judicial. La tasación de costas se refiere a la fijación de los gastos que deben pagar las partes en un proceso, como honorarios de abogados, peritos, procuradores, entre otros.

Dentro del plazo establecido en el artículo anterior, se permite impugnar la tasación de costas. La impugnación puede basarse en que se hayan incluido partidas, derechos o gastos indebidos en la tasación. Además, en el caso de los honorarios de abogados, peritos o profesionales que no están sujetos a un arancel, también se puede impugnar la tasación argumentando que el importe de dichos honorarios es excesivo.

La parte que ha sido condenada en costas también puede impugnar la tasación si considera que no se han incluido gastos debidamente justificados y reclamados. Asimismo, puede fundamentar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, perito, profesional o funcionario, o en que no se hayan incluido correctamente los derechos de su procurador.

En el escrito de impugnación, es necesario mencionar las cuentas o minutas y las partidas específicas que se cuestionan, así como las razones de la discrepancia. Si no se realiza esta mención, el Letrado de la Administración de Justicia podrá inadmitir la impugnación mediante un decreto. En contra de este decreto, solo se podrá interponer un recurso de reposición.

El Artículo 245 de la Ley Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

El artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece el procedimiento para impugnar la tasación de costas en un proceso judicial. La tasación de costas se refiere a la fijación de los gastos que deben pagar las partes en un proceso, como honorarios de abogados, peritos, procuradores, entre otros.

Este artículo permite impugnar la tasación de costas dentro de un plazo determinado. La impugnación se puede basar en que se hayan incluido gastos indebidos en la tasación o que los honorarios de los abogados, peritos u otros profesionales sean excesivos. También se puede impugnar la tasación si la parte condenada en costas considera que no se han incluido gastos debidamente justificados y reclamados.

La impugnación se realiza mediante un escrito en el que se deben mencionar las cuentas o minutas y las partidas específicas que se cuestionan, así como las razones de la discrepancia. Si no se realiza esta mención, la impugnación puede ser inadmitida por el Letrado de la Administración de Justicia.

Es importante destacar que, contra el decreto de inadmisión, solo se puede interponer un recurso de reposición. Esto significa que no se puede presentar un recurso en contra de la resolución del Letrado de la Administración de Justicia que inadmita la impugnación.

Art 245 de la LEC: Impugnación de la Tasación de Costas

Estamos analizando el Art 245 de la LEC, también conocido como Art 245 LEC, el cual establece las normas para impugnar la tasación de costas en un proceso judicial.

La tasación de costas podrá ser impugnada dentro del plazo establecido en el Art anterior. La impugnación podrá basarse en que se han incluido partidas, derechos o gastos indebidos. En el caso de los honorarios de abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe es excesivo.

La parte favorecida por la condena en costas podrá impugnar la tasación si no se han incluido gastos debidamente justificados y reclamados, la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, perito o profesional que haya actuado a su instancia, o si no se han incluido correctamente los derechos de su procurador.

En el escrito de impugnación se deben mencionar las cuentas o minutas y las partidas específicas que se cuestionan, así como las razones de la discrepancia. Si no se mencionan estos detalles, el Letrado de la Administración de Justicia podrá inadmitir la impugnación. Solo se podrá interponer recurso de reposición contra esta decisión.

Es importante recordar que el Art 245 de la LEC se aplica en casos donde se discute la tasación de costas en un procedimiento judicial. Es necesario tener en cuenta todos los detalles y fundamentos antes de impugnarla, ya que se deben demostrar claramente las razones de la discrepancia.

Espero que esta explicación haya sido útil para comprender mejor el proceso de impugnación de la tasación de costas según el Art 245 de la LEC. Si tienes más dudas o necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactar con un profesional en la materia. ¡La ley está al alcance de todos!

Ejemplos de aplicación del Artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Un caso de impugnación de la tasación de costas en el que se alega la inclusión de partidas indebidas en la misma.
  • Un supuesto en el que se impugna la tasación de costas por considerar excesivos los honorarios de los abogados o peritos.
  • Una situación en la que la parte condenada en costas impugna la tasación por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados.
  • Un escenario en el que se reclama la falta de inclusión de la totalidad de la minuta de honorarios del abogado en la tasación de costas.
  • Un caso en el que se alega que no se han incluido correctamente los derechos del procurador en la tasación de costas.

Estos son solo algunos ejemplos de situaciones en las que el Artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil podría ser de aplicación. Es importante tener en cuenta que cada caso es único y que es fundamental contar con el asesoramiento de un experto legal para el correcto manejo de estos temas. La impugnación de la tasación de costas es un procedimiento delicado que requiere de un análisis detallado de la normativa vigente. Si te encuentras en una situación similar, no dudes en buscar el apoyo de un profesional especializado en Derecho Civil.

Para concluir, el Artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es fundamental en el proceso judicial ya que regula la impugnación de la tasación de costas, permitiendo a las partes cuestionar los costes derivados del proceso. Es importante comprender y utilizar esta normativa de manera efectiva para garantizar la justicia en cada caso.

Esperamos que nuestro análisis haya sido útil y que haya quedado claro para todos nuestros lectores. Si tienen alguna pregunta o duda sobre este tema, los invitamos a visitar nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es donde encontrarán más información detallada sobre este y otros aspectos relevantes del derecho procesal civil.

Recuerden que estamos siempre a su disposición para brindarles el apoyo y la información necesaria para entender y aplicar correctamente la legislación vigente en materia civil. ¡Gracias por confiar en nosotros!

magnifiercross