Artículo 479 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 479 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

El artículo 479 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) regula la interposición del recurso, un procedimiento fundamental en el sistema judicial español. En este artículo, explicaremos en detalle qué implica la interposición del recurso, los plazos y requisitos necesarios para su presentación, y realizaremos comentarios que aporten valor a la hora de comprender este proceso legal. Es importante tener en cuenta todos los aspectos contemplados en el artículo 479 de la LEC para garantizar un recurso efectivo y una defensa adecuada en el ámbito judicial. ¡Sigue leyendo para conocer más sobre este tema clave en el derecho procesal español!

Artículo 479. Interposición del recurso

  1. El recurso de casación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla.
  2. Si la resolución impugnada fuera susceptible de recurso, éste se hubiere formulado dentro de plazo y, tratándose de recurso fundado en infracción de normas procesales, se acredite, de haber sido posible, la previa denuncia de la infracción y, en su caso, el intento de subsanación, en la instancia o instancias precedentes, en el plazo de tres días el letrado o letrada de la Administración de Justicia tendrá por interpuesto el recurso. En caso contrario lo pondrá en conocimiento del tribunal para que se pronuncie sobre la admisión del recurso.
    Si el tribunal entendiera que se cumplen los requisitos de admisión, dictará providencia teniendo por interpuesto el recurso en el plazo de diez días; en caso contrario, en el mismo plazo, dictará auto declarando la inadmisión. Contra este auto sólo podrá interponerse recurso de queja.
    Contra la providencia por la que se tenga por interpuesto el recurso no cabrá recurso alguno, pero la parte recurrida podrá oponerse a la admisión al comparecer ante el tribunal de casación.
  3. Se dará tramitación preferente a los recursos de casación legalmente previstos contra sentencias definitivas dictadas en la tramitación de los procedimientos testigo.

¿Qué nos indica el Artículo 479 de la Ley Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 479 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece los procedimientos para la interposición del recurso de casación y los plazos para su presentación. Este recurso es una vía extraordinaria de impugnación que permite a las partes solicitar la revisión de las resoluciones judiciales con el objetivo de corregir posibles errores de interpretación o aplicación del Derecho.

El artículo consta de tres apartados que detallan los requisitos y procedimientos para interponer el recurso de casación.

El Artículo 479 de la Ley Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

En términos sencillos, el Artículo 479 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que el recurso de casación debe ser presentado ante el tribunal que ha dictado la resolución impugnada dentro de un plazo de veinte días desde la notificación de dicha resolución.

Si la resolución es susceptible de recurso, ha sido presentado dentro del plazo y se fundamenta en una supuesta infracción de normas procesales, el letrado de la Administración de Justicia dará por interpuesto el recurso siempre y cuando se haya denunciado la infracción y se haya intentado subsanar en el plazo de tres días en la instancia o instancias previas al recurso de casación.

En caso contrario, el letrado de la Administración de Justicia pondrá en conocimiento del tribunal la falta de cumplimiento de dichos requisitos para que decida sobre la admisión del recurso. Si el tribunal considera que se cumplen los requisitos, dictará una providencia dando por interpuesto el recurso en un plazo de diez días. Si el tribunal considera que no se cumplen los requisitos, dictará un auto declarando la inadmisión. Contra este auto solo se podrá interponer un recurso de queja.

Una vez que el tribunal haya dictado la providencia teniendo por interpuesto el recurso, no se podrá interponer recurso alguno. Sin embargo, la parte recurrida puede oponerse a la admisión compareciendo ante el tribunal de casación.

Es importante destacar que los recursos de casación que se presenten contra sentencias definitivas en los procedimientos testigo recibirán un trámite preferente.

Todo lo que necesitas saber sobre el Art 479 de la LEC (LEC)

Estamos analizando el Art 479 de la LEC, también conocido como Art 479 LEC. Este Art se refiere al recurso de casación y establece que dicho recurso debe interponerse ante el tribunal que haya dictado la resolución impugnada dentro de un plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la misma.

Es importante tener en cuenta que si la resolución impugnada fuera susceptible de recurso y éste se hubiera formulado dentro del plazo establecido, el letrado de la Administración de Justicia considerará interpuesto el recurso. En caso contrario, lo pondrá en conocimiento del tribunal para que se pronuncie sobre la admisión del recurso.

Si el tribunal decide que se cumplen los requisitos de admisión, dictará una providencia teniendo por interpuesto el recurso en un plazo de diez días. En caso contrario, en el mismo plazo, dictará un auto declarando la inadmisión. Contra este auto solo podrá interponerse recurso de queja.

Es importante mencionar que contra la providencia por la cual se tenga por interpuesto el recurso no cabrá recurso alguno, pero la parte recurrida podrá oponerse a la admisión compareciendo ante el tribunal de casación. Además, se dará tramitación preferente a los recursos de casación legalmente previstos contra sentencias definitivas dictadas en la tramitación de los procedimientos testigo.

Es fundamental comprender cada paso y término utilizado en este Art para asegurarnos de cumplir con los requisitos necesarios para interponer un recurso de casación de manera efectiva y dentro de los plazos establecidos por la ley.

No dudes en consultarnos si tienes alguna duda sobre el Art 479 de la LEC y su aplicación en procedimientos legales. ¡Estamos aquí para ayudarte a entender la ley de una manera clara y sencilla!

Ejemplos de aplicación del Artículo 479 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Un abogado interpone un recurso de casación ante el tribunal que dictó la resolución impugnada, dentro del plazo de veinte días contados desde la notificación de la misma.
  • Una parte solicita la admisión de un recurso de casación fundado en la infracción de normas procesales, alegando que se denunció la infracción y se intentó subsanar en la instancia previa en un plazo de tres días.
  • El tribunal dicta una providencia teniendo por interpuesto el recurso en un plazo de diez días, al considerar que se cumplen los requisitos de admisión establecidos en el Artículo 479 de la LEC.
  • Una parte recurre un auto de inadmisión dictado por el tribunal, interponiendo un recurso de queja en contra de dicha resolución.
  • La parte recurrida se opone a la admisión del recurso al comparecer ante el tribunal de casación, alegando los motivos por los cuales considera que el recurso debe ser rechazado.
  • Se da tramitación preferente a un recurso de casación contra una sentencia definitiva dictada en un procedimiento testigo, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 479 de la LEC.

Estos son solo algunos ejemplos de situaciones en las que el Artículo 479 de la Ley de Enjuiciamiento Civil podría ser de aplicación. Es importante tener en cuenta los plazos y requisitos establecidos en esta normativa para presentar adecuadamente un recurso de casación ante el tribunal correspondiente.

Para concluir, el Artículo 479 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es fundamental para entender el proceso de interposición del recurso en el ámbito judicial. Hemos analizado detalladamente cada uno de sus apartados, con el objetivo de brindar una explicación clara y concisa de su contenido.

Esperamos que todo haya quedado claro y que hayan podido comprender la importancia de este artículo en el marco legal. Recuerden que en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es podrán encontrar más información detallada sobre este y otros artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Estaremos siempre a su disposición para brindarles el apoyo y la orientación necesaria en todo lo relacionado con este tema. ¡Muchas gracias por su atención!

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