Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Explicado

El Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que regula la subasta sin suplencia de la falta de títulos, es un tema de gran importancia en el ámbito legal. En este artículo, nos adentraremos en el contenido de esta normativa y explicaremos de manera detallada su alcance y aplicación. Con comentarios y análisis que aporten valor a la hora de comprenderla, buscamos arrojar luz sobre un aspecto crucial en el proceso de subasta en el ámbito civil. Sin más preámbulos, iniciemos este recorrido por el Artículo 665 de la LEC y profundicemos juntos en su significado y relevancia.

Artículo 665. Subasta sin suplencia de la falta de títulos

  1. A instancia del acreedor podrán sacarse los bienes a pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, expresando en los edictos esta circunstancia.
  2. En tal caso se observará lo prevenido en la regla 5.ª del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

¿Qué nos indica el Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las condiciones en las que se pueden llevar a cabo subastas públicas de bienes sin que se haya subsanado previamente la falta de títulos de propiedad. Esto significa que, a petición del acreedor, se pueden vender los bienes de un deudor sin necesidad de que se presenten los títulos de propiedad correspondientes.

Es importante destacar que esta disposición establece que, en los edictos publicados para anunciar la realización de la subasta, se debe hacer mención expresa a la falta de títulos de propiedad. Esto sirve para informar a los posibles interesados en participar en la subasta sobre esta circunstancia.

En cuanto a las normas a seguir durante la subasta, el artículo hace referencia a la regla 5.ª del Artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria. Esta regla establece los mecanismos y procedimientos específicos que deben seguirse durante la subasta en caso de falta de títulos de propiedad.

El Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

En términos simples, el Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que, a solicitud del acreedor, se pueden vender los bienes de un deudor en una subasta pública sin necesidad de presentar previamente los títulos de propiedad. Esto significa que el acreedor puede iniciar el proceso de subasta y la venta de los bienes aún cuando no se cuente con los documentos que acrediten la propiedad de los mismos.

No obstante, es importante mencionar que esta falta de títulos de propiedad debe ser informada claramente en los anuncios de la subasta, para que los interesados en participar tengan conocimiento de esta circunstancia.

La normativa también hace referencia a la regla 5.ª del Artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria. Esta regla establece los procedimientos que se deben seguir durante la subasta en caso de falta de títulos de propiedad.

Análisis del Art 665 de la LEC comentado

El Art 665 de la LEC, también conocido como Art 665 LEC, establece que a instancia del acreedor, se pueden sacar los bienes a pública subasta sin la necesidad de tener previamente los títulos de propiedad. En los edictos de la subasta se debe indicar esta circunstancia, cumpliendo con lo establecido en la regla ª del Art del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En términos simples, esto significa que el acreedor puede proceder a la subasta de los bienes del deudor sin tener en su poder los títulos que demuestran la propiedad de los mismos. Esta medida está contemplada para agilizar el proceso de ejecución de una deuda, permitiendo que se puedan sacar los bienes a subasta de manera más rápida.

Para aplicar el Art 665 de la LEC, el acreedor deberá solicitar la subasta de los bienes y expresar en los edictos que no cuenta con los títulos de propiedad. Es importante tener en cuenta que este procedimiento debe cumplir con lo establecido en el Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, siguiendo las normativas que regulan este tipo de subastas.

Ejemplos de aplicación del Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Un acreedor que tiene una deuda impaga por parte de un deudor podría solicitar la subasta de los bienes de este último, sin la necesidad de presentar previamente los títulos de propiedad.
  • En el caso de un contrato de alquiler en el que el inquilino no cumple con sus obligaciones de pago, el propietario podría recurrir al Artículo 665 para sacar a subasta los bienes del inquilino y recuperar la deuda.
  • Un comerciante que tiene una deuda de un cliente moroso podría utilizar este artículo para llevar a cabo la subasta de los bienes del deudor y así recuperar el dinero adeudado.
  • En situaciones de herencias en las que uno de los herederos no cumple con su parte de la deuda hereditaria, los demás herederos podrían recurrir al Artículo 665 para subastar los bienes del deudor y cubrir la deuda.
  • En el ámbito empresarial, si una empresa debe dinero a un proveedor y no paga, éste podría solicitar la subasta de los activos de la empresa deudora de acuerdo con el Artículo 665.

Para concluir, el Artículo 665 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las condiciones bajo las cuales se puede realizar una subasta sin la necesidad de contar con un título ejecutivo. Este proceso puede resultar complicado para algunas partes involucradas, por lo que es importante contar con la asesoría adecuada para llevar a cabo de forma correcta y eficiente.

Esperamos que nuestra análisis haya aclarado cualquier duda o inquietud que pudiera haber surgido en torno a este tema. Recuerden que en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es encontrarán información detallada sobre este y otros aspectos relevantes del sistema judicial español. Estaremos siempre disponibles para atender cualquier consulta o asesorarles en lo que necesiten. ¡Gracias por confiar en nosotros!

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