Artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

El artículo 134 de la Ley de Enjuiciamiento Civil aborda un tema crucial en el ámbito jurídico: la improrrogabilidad de los plazos. Esta normativa establece que los plazos procesales no pueden ser prorrogados, salvo excepciones contempladas en la ley. En este artículo, profundizaremos en la importancia de esta regla, su aplicación en la práctica y ofreceremos comentarios y reflexiones que enriquezcan su comprensión. ¡Sigue leyendo para conocer todos los detalles sobre el artículo 134 de la LEC!

Artículo 134. Improrrogabilidad de los plazos

  1. Los plazos establecidos en esta Ley son improrrogables.
  2. Podrán, no obstante, interrumpirse los plazos y demorarse los términos en caso de fuerza mayor que impida cumplirlos, reanudándose su cómputo en el momento en que hubiera cesado la causa determinante de la interrupción o demora. La concurrencia de fuerza mayor habrá de ser apreciada por el Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto, de oficio o a instancia de la parte que la sufrió, con audiencia de las demás. Contra este decreto podrá interponerse recurso de revisión que producirá efectos suspensivos.
  3. También podrán interrumpirse los plazos y demorarse los términos durante un plazo de tres días hábiles cuando por los Colegios de Abogados o Procuradores o por las partes personadas se comuniquen causas objetivas de fuerza mayor que afecten a la persona profesional de la abogacía o de la procura, tales como nacimiento y cuidado de menor, enfermedad grave y accidente con hospitalización, fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad o baja laboral certificada por la seguridad social o sistema sanitario o de previsión social equivalente.

¿Qué nos indica el Artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil establece las disposiciones relativas a los plazos en el ámbito de los procesos judiciales en España. Este artículo es de gran importancia, ya que regula la duración y la inamovilidad de los plazos establecidos en la Ley.

El Artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

Este artículo nos indica que los plazos establecidos en la Ley Enjuiciamiento Civil son improrrogables, lo que significa que no se pueden extender ni prolongar más allá del tiempo establecido. Esto implica que cualquier actuación o trámite que deba llevarse a cabo dentro de un plazo determinado debe cumplirse dentro de ese límite temporal establecido.

Es importante destacar que los plazos son fundamentales en los procesos judiciales, ya que permiten que las partes involucradas en el litigio puedan realizar las actuaciones necesarias en un tiempo determinado. Estos plazos son establecidos para garantizar un adecuado desarrollo del proceso, evitando retrasos innecesarios y asegurando una justicia ágil y eficiente.

Sin embargo, el artículo también contempla la posibilidad de interrumpir los plazos y demorar los términos en caso de fuerza mayor. Esto significa que si existe una situación imprevista y extraordinaria que impida cumplir con los plazos establecidos, estos se podrán detener y reiniciar una vez que se haya superado la causa que motivó la interrupción o demora.

La concurrencia de fuerza mayor debe ser apreciada por el Letrado de la Administración de Justicia, quien deberá emitir un decreto que reconozca la situación de fuerza mayor. Esto puede ser solicitado por la parte afectada o de oficio por el propio Letrado. Cabe destacar que contra este decreto se puede interponer un recurso de revisión, que tiene efectos suspensivos.

Además, el artículo establece que los plazos y términos también podrán interrumpirse y demorarse durante un plazo de tres días hábiles en casos específicos relacionados con la profesión de abogado o procurador. Estas causas objetivas de fuerza mayor pueden incluir el cuidado de un menor, enfermedad grave, accidente con hospitalización, fallecimiento de parientes cercanos o baja laboral certificada por la seguridad social.

En pocas palabras, el Artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil establece la inamovilidad de los plazos establecidos en la Ley, pero también contempla la posibilidad de interrumpirlos y demorarlos en casos de fuerza mayor. Este artículo es fundamental para garantizar un adecuado desarrollo de los procesos judiciales, permitiendo flexibilidad en situaciones excepcionales pero asegurando que los trámites se realicen dentro de los límites temporales establecidos.

Entendiendo el Art 134 de la LEC

En el Derecho español, el Art 134 de la LEC establece que los plazos que se fijan en esta ley son improrrogables. Sin embargo, se pueden interrumpir estos plazos y demorar los términos en caso de fuerza mayor que impida cumplirlos. En estos casos, el cómputo del plazo se reanudará en el momento en que cese la causa que provocó la interrupción o demora.

La fuerza mayor que justifique la interrupción de los plazos será evaluada por el Letrado de la Administración de Justicia a través de un decreto. Este decreto podrá ser dictado de oficio o a solicitud de la parte afectada, y se dará audiencia a las demás partes involucradas. Cabe destacar que contra este decreto se podrá interponer un recurso de revisión que tendrá efectos suspensivos.

Además, el Art menciona que los plazos y términos también podrán interrumpirse por un periodo de tres días hábiles en determinadas circunstancias. Estas situaciones incluyen causas objetivas de fuerza mayor que afecten a los profesionales de la abogacía o la procuraduría, como el nacimiento y cuidado de un menor, una enfermedad grave con hospitalización, el fallecimiento de parientes cercanos, o una baja laboral certificada por la seguridad social u otro sistema de previsión social equivalente.

Ejemplos de aplicación del Artículo 134 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Una persona que está en un proceso judicial se encuentra hospitalizada debido a un accidente, por lo que solicita la interrupción de los plazos de manera justificada.
  • Un abogado sufre una enfermedad grave que le impide cumplir con los plazos establecidos en el proceso, por lo que se solicita la interrupción de los términos por fuerza mayor.
  • Una procuradora debe ausentarse por varios días debido al nacimiento de su hijo, solicitando la interrupción de los plazos durante su ausencia justificada.
  • Una parte del proceso sufre un accidente que requiere hospitalización, por lo que solicita la demora de los términos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Un abogado debe hacerse cargo del cuidado de un familiar con enfermedad grave, por lo que solicita la interrupción de los plazos para poder atender sus responsabilidades familiares.
  • La seguridad social certifica una baja laboral a un procurador, quien solicita la demora de los términos en el proceso judicial en el que está involucrado.
  • Un Colegio de Abogados comunica que uno de sus profesionales ha fallecido, solicitando la interrupción de los plazos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil en el que estaba participando dicho abogado.
  • Una parte del proceso solicita la interrupción de los plazos debido a una causa objetiva de fuerza mayor que afecta a la persona profesional de la abogacía, como puede ser un accidente con hospitalización.
  • Un abogado se encuentra en un proceso de baja laboral certificada por la seguridad social, por lo que solicita la interrupción de los plazos establecidos en la ley debido a su situación.
  • Una parte del proceso comunica que debe ausentarse por la hospitalización de un familiar, solicitando la demora de los plazos en el proceso judicial en el que está involucrado.

Para concluir, el Artículo 134 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece de manera clara la improrrogabilidad de los plazos en los procesos judiciales, garantizando así la celeridad y eficacia en la administración de justicia. Es fundamental respetar los plazos establecidos por la ley para evitar retrasos y complicaciones en los procedimientos legales.

Esperamos que nuestro análisis haya sido de ayuda y que hayan quedado claros los conceptos relacionados con este artículo. Si tienen alguna duda o necesitan más información sobre la Ley de Enjuiciamiento Civil, no duden en visitar nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es, donde encontrarán recursos y herramientas útiles para entender mejor el funcionamiento del sistema judicial en España.

Recuerden que el respeto de los plazos procesales es fundamental para garantizar un desarrollo adecuado de los procedimientos judiciales y alcanzar una justicia rápida y eficaz. ¡Gracias por su atención y los esperamos en nuestro sitio web para más información!

magnifiercross