El artículo 138 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula la publicidad de las actuaciones orales, un aspecto fundamental en el desarrollo de los procesos judiciales. En este artículo exploraremos en detalle su contenido, analizaremos su importancia en el sistema judicial y ofreceremos comentarios que ayuden a comprender su alcance y aplicación. ¡Sin más preámbulos, iniciemos este recorrido por uno de los pilares de la legislación procesal civil!
Artículo 138. Publicidad de las actuaciones orales.
- Las actuaciones de prueba, las vistas y las comparecencias cuyo objeto sea oír a las partes antes de dictar una resolución se practicarán en audiencia pública.
- Las actuaciones a que se refiere el apartado anterior podrán, no obstante, celebrarse a puerta cerrada cuando ello sea necesario para la protección del orden público o de la seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando los intereses de los menores o la protección de la vida privada de las partes y de otros derechos y libertades lo exijan o, en fin, en la medida en la que el tribunal lo considere estrictamente necesario, cuando por la concurrencia de circunstancias especiales la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia.
- Antes de acordar la celebración a puerta cerrada de cualquier actuación, el tribunal oirá a las partes que estuvieran presentes en el acto. La resolución adoptará la forma de auto y contra ella no se admitirá recurso alguno, sin perjuicio de formular protesta y suscitar la cuestión, si fuere admisible, en el recurso procedente contra la sentencia definitiva.
- Los Letrados de la Administración de Justicia podrán adoptar mediante decreto la misma medida en aquellas actuaciones procesales que deban practicarse en materias de su exclusiva competencia. Frente a este decreto sólo cabrá recurso de reposición.
- La relación de señalamientos del órgano judicial deberá hacerse pública. Los Letrados de la Administración de Justicia velarán porque los funcionarios competentes de la Oficina judicial publiquen en un lugar visible al público, el primer día hábil de cada semana, la relación de señalamientos correspondientes a su respectivo órgano judicial, con indicación de la fecha y hora de su celebración, tipo de actuación y número de procedimiento.
¿Qué nos indica el Artículo 138 de la Ley Enjuiciamiento Civil?
Contenidos:
El Artículo 138 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las normas relativas a la publicidad de las actuaciones orales en los procesos judiciales. Este artículo es fundamental para garantizar la transparencia y el acceso a la justicia por parte de los ciudadanos.
El Artículo 138 de la Ley Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla
En términos sencillos, este artículo establece que las actuaciones de prueba, vistas y comparecencias que tengan como objetivo escuchar a las partes antes de dictar una resolución judicial deben realizarse en audiencia pública. Esto significa que cualquier persona puede asistir a estas actuaciones y presenciar lo que ocurre en el proceso judicial.
Es importante destacar que el artículo también establece que, en determinadas circunstancias, estas actuaciones pueden llevarse a cabo a puerta cerrada. Esta medida se tomará cuando sea necesario para proteger el orden público o la seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando los intereses de los menores o la protección de la vida privada de las partes y otros derechos y libertades así lo exijan. También se podrá realizar a puerta cerrada si la publicidad de las actuaciones pudiera perjudicar los intereses de la justicia debido a circunstancias especiales.
Antes de decidir llevar a cabo una actuación a puerta cerrada, el tribunal escuchará a las partes presentes en el acto. La resolución que se adopte será en forma de auto y no cabe recurso alguno contra ella, aunque se podrá formular una protesta y plantear la cuestión en el recurso procedente contra la sentencia definitiva.
Además, se establece que los Letrados de la Administración de Justicia pueden adoptar la misma medida en sus actuaciones procesales exclusivas. En este caso, solo se admitirá recurso de reposición contra el decreto adoptado por el Letrado.
Por otro lado, el artículo también hace referencia a la publicación de la relación de señalamientos del órgano judicial. Los Letrados de la Administración de Justicia deben asegurarse de que los funcionarios de la Oficina Judicial publiquen, de manera visible al público, la relación de señalamientos correspondientes a su órgano judicial. Esta relación debe incluir la fecha y hora de la celebración de la actuación, el tipo de actuación y el número de procedimiento.
Análisis del Art 138 de la LEC (Art 138 LEC)
Estamos analizando el Art 138 de la LEC, también conocido como Art 138 LEC, el cual establece que las actuaciones de prueba, las vistas y las comparecencias cuyo objeto sea oír a las partes antes de dictar una resolución se practicarán en audiencia pública. Esto significa que todas estas acciones deben llevarse a cabo de forma pública, es decir, ante la presencia de las partes involucradas y cualquier persona interesada en presenciarlas.
En caso de que sea necesario proteger el orden público, la seguridad nacional, los intereses de los menores, la protección de la vida privada de las partes u otros derechos y libertades, el tribunal podrá decidir que estas actuaciones se celebren a puerta cerrada. Antes de tomar esta decisión, el tribunal escuchará a las partes presentes en el acto. Esta medida deberá adoptarse mediante un auto y contra ella no se admitirá recurso alguno, salvo la posibilidad de formular protesta y suscitar la cuestión en el recurso contra la sentencia definitiva.
Los Letrados de la Administración de Justicia también podrán decidir, a través de un decreto, que ciertas actuaciones procesales que sean de su competencia se lleven a cabo a puerta cerrada. En este caso, solo cabrá recurso de reposición contra esta decisión.
Es importante destacar que la relación de señalamientos del órgano judicial debe hacerse pública. Los Letrados de la Administración de Justicia deben velar para que los funcionarios competentes publiquen en un lugar visible al público la relación de señalamientos correspondiente a su órgano judicial, con información detallada de la fecha, hora, tipo de actuación y número de procedimiento.
Ejemplos de aplicación del Artículo 138 de la Ley de Enjuiciamiento Civil- Un caso de violencia de género en el que se necesite proteger la identidad de la víctima y de los testigos durante la vista.
- Una comparecencia en la que se trate un tema delicado relacionado con la intimidad de un menor de edad.
- Una prueba pericial en la que se deba proteger la confidencialidad de la información revelada por el perito.
- Una vista en la que se deba proteger la privacidad de las partes implicadas en un asunto de índole familiar.
- Una comparecencia en la que se aborde un tema relacionado con secreto profesional que deba mantenerse bajo reserva.
- Un juicio en el que la publicidad de la actuación pudiera perjudicar la investigación en curso.
- Un procedimiento en el que se aborde un tema relacionado con la protección de datos personales sensibles de las partes involucradas.
- Una declaración de un testigo en la que se deba proteger su identidad por motivos de seguridad.
- Una vista en la que se trate un tema relacionado con la confidencialidad de información empresarial sensible.
- Un procedimiento en el que se deba proteger la privacidad de una de las partes por motivos médicos o de salud.
Para concluir, el Artículo 138 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece las normas para garantizar la publicidad de las actuaciones orales en los procesos judiciales, asegurando el derecho de las partes y de la sociedad en general a acceder a la información sobre lo que acontece en los tribunales.
Esperamos que este análisis haya sido de utilidad para comprender la importancia de la publicidad en el ámbito judicial y las garantías que ofrece a todas las partes involucradas en un proceso legal. Nos comprometemos a seguir proporcionando información actualizada y de calidad en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es, para seguir siendo su fuente de referencia en temas relacionados con la Ley de Enjuiciamiento Civil. ¡Siempre estaremos esperándoles con nuevos contenidos y análisis en profundidad!