Artículo 474 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

Artículo 474 de la Ley Enjuiciamiento Civil Explicado

El artículo 474 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) regula la oposición de las partes recurridas en un proceso judicial. En este artículo, analizaremos en profundidad su contenido, explicando de manera detallada sus implicaciones y cómo afecta a las diferentes partes involucradas en un litigio. A través de comentarios y aportaciones de valor, pretendemos ofrecer una visión clara y completa de este artículo, facilitando su comprensión y su aplicación en la práctica jurídica.

Artículo 474. Oposición de las partes recurridas.

  1. Admitido, total o parcialmente, el recurso extraordinario por infracción procesal, se entregará copia del escrito de interposición a la parte o partes recurridas y personadas para que formalicen por escrito su oposición en el plazo de veinte días.
  2. Durante dicho plazo estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

En el escrito de oposición se podrán alegar también las causas de inadmisibilidad del recurso que se consideren existentes y que no hayan sido ya rechazadas por el tribunal, solicitar las pruebas que se estimen imprescindibles y pedir la celebración de vista.

¿Qué nos indica el Artículo 474 de la Ley Enjuiciamiento Civil?

El Artículo 474 de la Ley Enjuiciamiento Civil establece los procedimientos y plazos para la oposición de las partes recurridas en relación a un recurso extraordinario por infracción procesal. En otras palabras, este artículo regula cómo las partes que se oponen a un recurso deben presentar sus argumentos y solicitudes ante el tribunal.

El artículo establece que una vez admitido el recurso extraordinario, ya sea en su totalidad o en parte, se le entregará una copia del escrito de interposición a la parte o partes recurridas que estén personadas en el caso. Estas partes tienen un plazo de veinte días para presentar por escrito su oposición. Durante este período, las actuaciones estarán disponibles en la Secretaría para que las partes puedan consultarlas.

En el escrito de oposición, las partes pueden alegar cualquier causa de inadmisibilidad del recurso que consideren existentes y que no hayan sido rechazadas previamente por el tribunal. También tienen la posibilidad de solicitar las pruebas que consideren necesarias y pedir la celebración de una vista.

El Artículo 474 de la Ley Enjuiciamiento Civil: explicación sencilla

En términos sencillos, el Artículo 474 de la Ley Enjuiciamiento Civil establece los procedimientos que deben seguir las partes a las que se les ha presentado un recurso extraordinario por infracción procesal y desean oponerse al mismo. En primer lugar, se les proporciona una copia del escrito de interposición del recurso para que estén al tanto de los argumentos presentados por la parte recurrrente. A continuación, estas partes tendrán un plazo de veinte días para presentar por escrito su oposición, en la que podrán alegar causas de inadmisibilidad si consideran que existen, solicitar pruebas adicionales y pedir la celebración de una vista.

Es importante destacar que este artículo se aplica específicamente a los recursos extraordinarios por infracción procesal y no a otros tipos de recursos. Además, establece un plazo específico de veinte días para que las partes presenten su oposición, lo cual es fundamental para garantizar la celeridad y la adecuada tramitación del proceso judicial. Por último, el artículo permite a las partes la posibilidad de solicitar pruebas adicionales y la celebración de una vista, lo cual puede resultar crucial para su defensa en el caso.

Entendiendo el Art 474 de la LEC

Estamos analizando el Art 474 de la LEC, también conocido como Art 474 LEC. Este Art establece que, una vez admitido total o parcialmente, el recurso extraordinario por infracción procesal, se entregará copia del escrito de interposición a la parte o partes recurridas y personadas. Estas partes tendrán un plazo de veinte días para formalizar por escrito su oposición.

Durante este plazo, las actuaciones estarán a disposición de las partes en la Secretaría. En el escrito de oposición, las partes pueden alegar las posibles causas de inadmisibilidad del recurso, solicitar pruebas y pedir la celebración de una vista.

Es importante destacar que el Art 474 de la LEC tiene como objetivo garantizar el derecho de las partes a defender sus intereses y aportar argumentos en contra del recurso interpuesto por la parte contraria. Este Art se aplica en procesos judiciales en los cuales se haya interpuesto un recurso extraordinario por infracción procesal.

Es fundamental tener en cuenta que, para la aplicación de este Art, es necesario que el recurso haya sido admitido parcial o totalmente por el tribunal. Además, las partes deben estar debidamente personadas en el proceso y tener conocimiento de los plazos y procedimientos establecidos en la LEC.

Ejemplos de aplicación del Artículo 474 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • Un caso en el que el recurso extraordinario por infracción procesal ha sido admitido parcialmente y se le ha entregado copia del escrito de interposición a la parte recurrida para que formalice su oposición en el plazo de veinte días.
  • Otra situación podría ser cuando se ha presentado un recurso extraordinario por infracción procesal y la parte recurrida ha solicitado la celebración de vista en su escrito de oposición, de acuerdo al Artículo 474 de la LEC.
  • En un caso en el que se alegan causas de inadmisibilidad del recurso en el escrito de oposición, conforme a lo establecido en el Artículo 474 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Si una parte considera que el recurso presentado es inadmisible por alguna razón, puede alegar las causas de inadmisibilidad en su escrito de oposición según lo dispuesto en el Art 474 LEC.
  • Cuando una parte recurre y la parte recurrida solicita pruebas adicionales para refutar el recurso, puede hacerlo en su escrito de oposición de acuerdo al Artículo 474 de la LEC.

Para concluir, el Artículo 474 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece de manera clara y precisa las condiciones y procedimientos que deben seguir las partes que se oponen a un recurso presentado por otra parte en un proceso judicial. Es fundamental tener en cuenta estas disposiciones para garantizar la correcta defensa de nuestros intereses en el ámbito jurídico.

Esperamos que nuestro análisis haya sido de utilidad para comprender mejor este proceso legal, y que hayamos aclarado cualquier duda que pudiera haber surgido. Recuerden que en nuestro sitio web leyenjuiciamientocivil.es siempre estaremos a su disposición para brindarles información actualizada y de calidad sobre la Ley de Enjuiciamiento Civil y otros temas relacionados con el derecho. ¡Gracias por su atención y los esperamos de nuevo en nuestra plataforma!

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